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| Tramitación de Sociedad Limitada
Nueva Empresa
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COSTES SLNE:
RMC: (Denominación)
13,94 €
RMP: (Aproximado):
132,63 €
ITP/AJD: 1%
Capital social 30,12 €-------------1200 €
NOTARIOS: (Aproximado):
233,07------------480,57 €
MÍNIMO: 409,64
€----------------------------------MÁXIMO: 1827,14 €
(Aproximado).
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Documentación e información
• Fotocopia y original DNI de todos los socios (Extranjeros: NIE
Comunitario o NIE y permiso de residencia y trabajo por cuenta propia).
• Fotocopia y original DNI de todos los trabajadores (Extranjeros: NIE
Comunitario o NIE y permiso de residencia y trabajo).
• Fotocopia y original Tarjeta de la Seguridad Social de todos los socios, u
otro documento que acredite el nº de afiliación a la Seguridad Social.
• Fotocopia y original Tarjeta de la Seguridad Social de todos los
trabajadores, u otro documento que acredite el nº de afiliación a la Seguridad
Social.
• Epígrafe I.A.E. (Impuesto de Actividades Económicas) (preguntar el la Agencia
Tributaria que IAE corresponde).
• Datos personales de los socios (Y cónyuges: DNI y Régimen matrimonial).
• Datos del domicilio de la empresa y de la Actividad (Incluido: metros
cuadrados del lugar de la actividad, Código Postal y Teléfono).
• Porcentajes de participación en el capital social y Administradores. Para
adscripción al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: Base de Cotización
elegida y Mutua de AT-EP.
• Nº de cuenta Bancaria para la domiciliación del ITP-AJD (Impuesto de
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) en caso de
aplazamiento y para el pago al RMP (Registro Mercantil Provincial).
• Justificantes del pago realizado (con anterioridad a la tramitación) al RMC
de 13,94€ por la Denominación Social,
si se elige esta opción.
• Para contratación de trabajadores: Contrato o acuerdo de contratación o
autorización para cursar el alta en la Seguridad Social.
• Si la licencia de Apertura está solicitada es necesario el nº de Referencia.
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Dos formas de pago al registro
mercantil central (13,94 €)
• Ingreso en cuenta del RMC
Nº de Cuenta RMC: 0049 5119 17 2317030510.- Banco Santander Central Hispano.
En el documento de pago debe constar:
Nombre, apellidos y DNI del Socio que aporta el Nombre a la Denominación
Social.
Concepto: Denominación SLNE.
Beneficiario: Registro Mercantil Central.
• On line:
En el momento de la tramitación. Nª de tarjeta y fecha de caducidad.
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Local en alquiler
Si la actividad se va a realizar en un local en alquiler es necesario
saber si hay que practicar retención en el pago de alquiler o no. En general,
el inquilino debe retener arrendador un 15% a cuenta del IRPF o IS, salvo que
el arrendador acredite que esta dado de alta en el grupo 861 del IAE.
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Pagos a la Seguridad Social
Si se desea, se pueden domiciliar los pagos a la Seguridad Social en un
número de cuenta particular, en el momento de la tramitación.
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Aportación del Capital Social
Antes de acudir a la cita con el Notario, deberá abrir la
Cuenta Bancaria para el Deposito del Capital Social y realizar el
ingreso correspondiente. La entidad bancaria emitirá un certificado para poder
acreditar ante el Notario la veracidad de dicho ingreso.
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| La Agencia Tributaria informa |
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Para constituir una Sociedad Limitada Nueva Empresa es necesario que todos los
socios dispongan de número de identificación fiscal (NIF). Las normas relativas
a la composición y asignación del NIF de las personas físicas son las
siguientes:
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Reglas generales
• Españoles: su
NIF será el número del documento nacional de identidad (DNI), asignado por el
Ministerio del Interior.
• Extranjeros: su
NIF será el número de identidad de extranjero (NIE), asignado por el Ministerio
del Interior.
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Reglas especiales
• Extranjeros que sean agentes diplomáticos
o funcionarios consulares acreditados en España, miembros de la Misiones
permanentes o Delegaciones ante los Organismos Internacionales con sede en
España y funcionarios en Organizaciones Internacionales con sede en España: no
están obligados a disponer de NIE, por lo que su NIF será el asignado por la
Agencia Tributaria, que comenzará con la letra “M”.
• Españoles menores de 14 años y extranjeros
menores de 18 años: es conveniente que el menor
obtenga voluntariamente el DNI o el NIE, según se trate de españoles o
extranjeros. En otro caso, hay que distinguir:
- Si el menor es empresario o profesional, se le asignará un NIF por la Agencia
Tributaria, que comenzará por la letra “K”.
- Si el menor no es empresario o profesional, la Agencia Tributaria aconseja
que se solicite un NIF “K”. También sería posible utilizar el NIF de su
representante legal, aunque esta última opción inevitablemente mezcla
información fiscal del menor con la privativa del representante.
Nota: se consideran empresarios o profesionales quienes lo sean de acuerdo con
la normativa del IVA, sin que la mera condición de socio de una entidad suponga
el ejercicio de una actividad empresarial o profesional.
• Españoles mayores de 14 años residentes en el extranjero:
podrán obtener voluntariamente el DNI o solicitar de la Agencia Tributaria un
NIF, que comenzará por la letra “L”.
Nota: los NIF “M”, “K” y “L” serán asignados de forma inmediata en las oficinas
de la Agencia Tributaria.
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NORMATIVA APLICABLE
- Artículo 5 del Reglamento por el que se regulan determinados censos
tributarios, aprobado por el Real Decreto 1041/2003, de 1 de agosto.
- Disposición adicional sexta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria.
- Artículos 1, 2 y 3 del Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se
regula la composición y forma de utilización del número de identificación
fiscal.
- Artículo 58 del Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000 sobre
derechos y libertades de extranjeros en España y su integración social,
aprobado por el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio.
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