viernes, 18 mayo 2012
 
 
 
 
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Tramitación de Sociedad Limitada Nueva Empresa

    COSTES SLNE:

    RMC: (Denominación) 13,94 €
    RMP: (Aproximado): 132,63 €
    ITP/AJD: 1% Capital social 30,12 €-------------1200 €
    NOTARIOS: (Aproximado): 233,07------------480,57 €

    MÍNIMO: 409,64 €----------------------------------MÁXIMO: 1827,14 €
    (Aproximado).


  • Documentación e información

    • Fotocopia y original DNI de todos los socios (Extranjeros: NIE Comunitario o NIE y permiso de residencia y trabajo por cuenta propia).

    • Fotocopia y original DNI de todos los trabajadores (Extranjeros: NIE Comunitario o NIE y permiso de residencia y trabajo).

    • Fotocopia y original Tarjeta de la Seguridad Social de todos los socios, u otro documento que acredite el nº de afiliación a la Seguridad Social.

    • Fotocopia y original Tarjeta de la Seguridad Social de todos los trabajadores, u otro documento que acredite el nº de afiliación a la Seguridad Social.

    • Epígrafe I.A.E. (Impuesto de Actividades Económicas) (preguntar el la Agencia Tributaria que IAE corresponde).

    • Datos personales de los socios (Y cónyuges: DNI y Régimen matrimonial).

    • Datos del domicilio de la empresa y de la Actividad (Incluido: metros cuadrados del lugar de la actividad, Código Postal y Teléfono).

    • Porcentajes de participación en el capital social y Administradores. Para adscripción al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: Base de Cotización elegida y Mutua de AT-EP.

    • Nº de cuenta Bancaria para la domiciliación del ITP-AJD (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) en caso de aplazamiento y para el pago al RMP (Registro Mercantil Provincial).

    • Justificantes del pago realizado (con anterioridad a la tramitación) al RMC de 13,94€ por la Denominación Social, si se elige esta opción.

    • Para contratación de trabajadores: Contrato o acuerdo de contratación o autorización para cursar el alta en la Seguridad Social.

    • Si la licencia de Apertura está solicitada es necesario el nº de Referencia.

  • Dos formas de pago al registro mercantil central (13,94 €)

    • Ingreso en cuenta del RMC

    Nº de Cuenta RMC: 0049 5119 17 2317030510.- Banco Santander Central Hispano.

    En el documento de pago debe constar:
    Nombre, apellidos y DNI del Socio que aporta el Nombre a la Denominación Social.
    Concepto: Denominación SLNE.
    Beneficiario: Registro Mercantil Central.

    • On line:
    En el momento de la tramitación. Nª de tarjeta y fecha de caducidad.

  • Local en alquiler

    Si la actividad se va a realizar en un local en alquiler es necesario saber si hay que practicar retención en el pago de alquiler o no. En general, el inquilino debe retener arrendador un 15% a cuenta del IRPF o IS, salvo que el arrendador acredite que esta dado de alta en el grupo 861 del IAE.

  • Pagos a la Seguridad Social

    Si se desea, se pueden domiciliar los pagos a la Seguridad Social en un número de cuenta particular, en el momento de la tramitación.

  • Aportación del Capital Social

    Antes de acudir a la cita con el Notario, deberá abrir la Cuenta Bancaria para el Deposito del Capital Social y realizar el ingreso correspondiente. La entidad bancaria emitirá un certificado para poder acreditar ante el Notario la veracidad de dicho ingreso.

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La Agencia Tributaria informa

    Para constituir una Sociedad Limitada Nueva Empresa es necesario que todos los socios dispongan de número de identificación fiscal (NIF). Las normas relativas a la composición y asignación del NIF de las personas físicas son las siguientes:

  • Reglas generales

    • Españoles: su NIF será el número del documento nacional de identidad (DNI), asignado por el Ministerio del Interior.

    • Extranjeros: su NIF será el número de identidad de extranjero (NIE), asignado por el Ministerio del Interior.

  • Reglas especiales

    • Extranjeros que sean agentes diplomáticos o funcionarios consulares acreditados en España, miembros de la Misiones permanentes o Delegaciones ante los Organismos Internacionales con sede en España y funcionarios en Organizaciones Internacionales con sede en España: no están obligados a disponer de NIE, por lo que su NIF será el asignado por la Agencia Tributaria, que comenzará con la letra “M”.

    • Españoles menores de 14 años y extranjeros menores de 18 años: es conveniente que el menor obtenga voluntariamente el DNI o el NIE, según se trate de españoles o extranjeros. En otro caso, hay que distinguir:

    - Si el menor es empresario o profesional, se le asignará un NIF por la Agencia Tributaria, que comenzará por la letra “K”.

    - Si el menor no es empresario o profesional, la Agencia Tributaria aconseja que se solicite un NIF “K”. También sería posible utilizar el NIF de su representante legal, aunque esta última opción inevitablemente mezcla información fiscal del menor con la privativa del representante.

    Nota: se consideran empresarios o profesionales quienes lo sean de acuerdo con la normativa del IVA, sin que la mera condición de socio de una entidad suponga el ejercicio de una actividad empresarial o profesional.


    • Españoles mayores de 14 años residentes en el extranjero
    : podrán obtener voluntariamente el DNI o solicitar de la Agencia Tributaria un NIF, que comenzará por la letra “L”.

    Nota: los NIF “M”, “K” y “L” serán asignados de forma inmediata en las oficinas de la Agencia Tributaria.


  • NORMATIVA APLICABLE

    - Artículo 5 del Reglamento por el que se regulan determinados censos tributarios, aprobado por el Real Decreto 1041/2003, de 1 de agosto.

    - Disposición adicional sexta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

    - Artículos 1, 2 y 3 del Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y forma de utilización del número de identificación fiscal.

    - Artículo 58 del Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio.
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